La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha anunciado la ampliación del plazo para que los partidos políticos y candidatos presenten su primera entrega de información financiera correspondiente a las elecciones regionales y municipales. Esta medida, formalizada mediante la Resolución Gerencial N° 000012-2026-GSFP/ONPE, posterga siete días la fecha límite original, estableciendo el viernes 18 de septiembre como nuevo vencimiento para cumplir con esta obligación legal.
Alcance del periodo fiscalizable
La primera entrega de información financiera comprende estrictamente los aportes, ingresos y gastos realizados durante un lapso específico. Este período abarca desde el 7 de enero, fecha en que fueron convocadas oficialmente las elecciones, hasta el 5 de septiembre, día establecido como treinta días previos a la jornada electoral. Esta delimitación temporal es crucial para garantizar la transparencia en los recursos utilizados por las fuerzas políticas y sus postulantes durante la fase inicial de campaña.
Mecanismos de presentación
El ente electoral ha detallado que la extensión del plazo aplica indistintamente tanto para la presentación digital como para la presencial. Para el canal digital, los responsables deben utilizar el portal de financiamiento CLARIDAD. En cuanto a la modalidad presencial, se requiere entregar una carta adjunta con los formatos y sus anexos correspondientes en la sede central de la ONPE o en las mesas de partes de las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) y las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE).
Formularios obligatorios por actor
La ONPE precisó que, al momento de la presentación, es indispensable llenar los formatos autorizados según el tipo de participante. A los partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales les corresponde utilizar el formato 5 para reportar sus aportes e ingresos, y el formato 6 para registrar sus gastos, más contexto en ONPE habilita consulta DNI para mesas electorales municipales y regionales 2026.
Por su parte, los candidatos a gobernaciones, vicegobernaciones o alcaldías (provinciales o distritales) deben registrar sus aportes e ingresos en el formato 7 y los gastos efectuados en el formato 8. Si cuentan con un responsable de campaña designado, es obligatorio comunicar dicha designación utilizando el formato 14.
Responsabilidad del reporte
Sobre la figura del responsable de campaña, la ONPE recordó que esta información puede ser presentada por el propio candidato o por su representante. Asimismo, se aclara que una misma persona puede actuar como responsable de campaña para varios candidatos simultáneamente, lo cual debe reflejarse correctamente en los formatos correspondientes.