La Contraloría General de la República (CGR) ha emitido un informe que pone bajo observación estricta la actuación del actual alcalde distrital de San Andrés, Joel André de la Cruz Canelo. La autoridad municipal se encuentra en el centro de una investigación interna tras ser señalada por participar activamente en el proceso electoral 2026 como candidato a primer regidor del mismo distrito por Renovación Popular. Este escenario genera atención institucional dado que De la Cruz Canelo ejerce actualmente su cargo mientras busca continuar su trayectoria política desde otra función electa.
Informes y evidencias de proselitismo
De acuerdo con el Informe de Orientación de Oficio N.° 014-2026-OCI/0409-SOO, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI), se han identificado evidencias concretas que podrían constituir proselitismo político durante la campaña electoral. Entre los hechos observados figuran su presencia en la inauguración de un local partidario, participación en una marcha electoral y actividades vinculadas directamente con la presentación oficial de candidatos.
Estos actos fueron difundidos ampliamente mediante redes sociales y medios de comunicación locales, lo que ha facilitado el registro documental por parte del fiscalizador. La Contraloría señala explícitamente que estas acciones podrían contravenir las normas vigentes que regulan la conducta de los funcionarios públicos durante los procesos electorales.
Marco legal y neutralidad
La investigación se sustenta en el Código de Ética de la Función Pública (Ley N.° 27815) y en la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859). Ambas normativas establecen el deber estricto de neutralidad administrativa, prohibiendo a las autoridades públicas participar en actos de propaganda o campaña política mientras ostentan un cargo electivo.
La situación adquiere relevancia jurídica porque De la Cruz Canelo continúa ejerciendo sus funciones como alcalde distrital al mismo tiempo que figura formalmente como candidato. Esta dualidad de roles es el foco central del análisis ético realizado por el OCI, quien debe determinar si las acciones realizadas exceden los límites permitidos para un servidor público en ejercicio.
Derivación a autoridades electorales
El informe advierte que la documentación y las evidencias recopiladas serán puestas en conocimiento de las autoridades electorales competentes. Específicamente, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y los Jurados Electorales Especiales (JEE) son los encargados de evaluar estos hechos dentro de sus atribuciones legales.
Estas instancias determinarán si corresponde iniciar algún procedimiento sancionador o establecer las consecuencias administrativas y electorales que correspondan. El caso coloca nuevamente en el centro del debate público la participación de autoridades en ejercicio dentro de procesos electorales, planteando interrogantes sobre los límites entre la función pública neutra y la actividad partidaria.