La Contraloría General de la República (CGR) ha emitido un informe que pone bajo observación la actuación del actual alcalde distrital de San Andrés, Joel André de la Cruz Canelo. La autoridad se encuentra en ejercicio de su cargo mientras participa activamente en el proceso electoral 2026 como candidato a primer regidor por Renovación Popular. Este escenario ha generado atención institucional al identificar evidencias que podrían contravenir las normas de neutralidad para funcionarios públicos.
Investigación del OCI y hechos observados
De acuerdo con el Informe de Orientación de Oficio N.° 014-2026-OCI/0409-SOO, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI), se han documentado participaciones específicas del edil en actividades electorales. Entre los hechos observados figuran su presencia en la inauguración de un local partidario, una marcha electoral y actos vinculados a la presentación de candidatos.
Estas acciones fueron difundidas mediante redes sociales y medios de comunicación locales. La Contraloría señala que tales actividades podrían constituir proselitismo político durante el periodo electoral, lo cual contraviene los principios establecidos en el Código de Ética de la Función Pública (Ley N.° 27815) y la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859). Estas normativas establecen el deber de neutralidad del Estado y restringen la participación de autoridades públicas en actos de propaganda o campaña política, como publicó este diario en Contraloría alerta proselitismo del alcalde de San Andrés (Pisco).
Competencia del JNE para evaluar los hechos
La situación adquiere relevancia jurídica dado que De la Cruz Canelo continúa ejerciendo las funciones de alcalde distrital mientras figura como candidato. El informe advierte que la documentación y las evidencias recopiladas por el OCI podrían ser puestas en conocimiento de las autoridades electorales competentes, según Radar Cuzco.
Serán el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y los Jurados Electorales Especiales (JEE) quienes tengan a su cargo evaluar la naturaleza de estos hechos. Estas instancias determinarán, dentro de sus atribuciones legales, si corresponde iniciar algún procedimiento para establecer las consecuencias administrativas o electorales que correspondan, como informó El Comercio.
El caso coloca nuevamente en el centro del debate público los límites entre la función pública y la actividad política durante los procesos comicios. La resolución final dependerá de la interpretación normativa por parte de los organismos electores ante las pruebas presentadas por la entidad fiscalizadora suprema.